Normativa del Club de Criadores Recomendados

Afijo Recomendado

Con la denominación de CLUB ESPAÑOL DEL BOSTON TERRIER y por abreviatura C.E.B.T., constituida como ASOCIACIÓN y fundada el 27 de junio de 2.012, sin ánimo de lucro, es una asociación española de criadores y aficionados a esta raza canina.

Se redacta el presente Reglamento Interno para el reconocimiento de CRIADORES ASOCIADOS Y RECONOCIDOS POR EL CLUB, aprobado por la junta directiva del CEBT el 20 de enero de 2018.

DELEGACIÓN DE CRÍA

El Club Español del Boston Terrier ha elaborado esta delegación de cría con la intención de proteger y reconocer la cría de calidad y también para ofrecer garantías al comprador. A través de esta Delegación se otorgará el distintivo a los Criadores que así lo soliciten y cumplan los requisitos solicitados como CRIADORES ASOCIADOS Y RECONOCIDOS POR EL CLUB.

NORMATIVA PARA LA INSCRIPCIÓN COMO CRIADOR ASOCIADO

Todos los socios podrán acogerse como Criadores Asociados del Club, si así lo desean y cumplen los siguientes requisitos:

1.- Deben poseer un afijo reconocido por la RSCE y/o la FCI y enviar copia de éste al Club.

2.- El titular del afijo deberá ser socio y estar al corriente de pago de las cuotas del Club. En el caso de un afijo conjunto, ambos miembros deberán ser socios del Club y al día de pago las cuotas igualmente.

3.- El orden en que se establece la lista de criadores será por orden de número de socio, apareciendo en primer lugar el criador que tenga como número de socio el de número menor.

4.- El compromiso del criador entra en vigor a la fecha de la firma de la Solicitud de Criador Asociado. Este compromiso se renueva anualmente por tácita prórroga salvo renuncia expresa por alguna de las partes. Los criadores que firman la solicitud se comprometen a respetar los artículos de la misma, que son:

  1. a) Respetar el conjunto de los Reglamentos de la Cinofilia Española, dentro del marco de la Real Sociedad Canina de España.
  2. b) Presentar ejemplares en las Monográficas organizadas por el Club. En caso de que esto no sea posible se deberá notificar al Club por escrito con 15 días de antelación a la realización de la misma.
  3. c) Respetar a los organizadores y los juicios en las exposiciones, en las que deberá tener una actitud correcta y cortés.
  4. d) Utilizar para la reproducción sólo perros con pedigrí de la FCI, o de asociaciones caninas nacionales reconocidas por la misma.
  5. e) No aceptar montas ni formar parte de camadas cuyos progenitores no estén inscritos en alguna asociación no reconocida por la FCI.
  6. f) Los cachorros deberán ser vendidos con una edad igual o superior a los 2 meses, y entregar al comprador junto a la cartilla sanitaria del cachorro un contrato de garantía sanitaria. Dicha garantía deberá cubrir cualquier tipo de enfermedad infecto-contagiosa como mínimo por el plazo que marque la legislación vigente.
  7. g) Informar al comprador de la existencia y del trabajo del Club, entregándole un formulario de inscripción que una vez cumplimentado deberá entregar al Club para que una vez recibido dicho propietario disfrute de una cuota anual de socio gratuita.

 

NORMATIVA Y COMPROMISOS DEL CLUB HACIA EL CRIADOR ASOCIADO

1.- Toda nueva petición estará sometida a la aprobación de la Junta Directiva. Los criadores que lo deseen podrán inscribirse o darse de baja sin ningún compromiso.

2.- En caso de incumplir los compromisos por parte del criador, la Junta del Club determinará su retirada de la lista de los criadores y de las ventajas que conlleva.

3.- El Club se compromete a hacer constar en su página web los nombres de dichos Criadores Asociados, así como otorgar un distintivo a cada criador asociado como reconocimiento de la colaboración en la crianza seria junto al Club.

4.- El Club Español del Boston Terrier recomendará camadas de los Criadores Asociados que así lo soliciten a través de su web, siempre y cuando cumplan los siguientes requisitos:

  1. a) Los progenitores deben poseer un pedigrí de la FCI, o de asociaciones nacionales reconocidas por la misma, por lo que se deberán facilitar al Club dichos números de pedigrí.
  2. b) Las camadas deben estar inscritas en el registro de la RSCE o en asociaciones caninas reconocidas por la FCI y enviar copia de dicha hoja de registro.
  3. c) En el Apartado de Camadas, al recibir dicha documentación, la camada solicitada será anunciada en la web con una foto de cada progenitor y datos del contacto del socio criador.
  4. d) En caso de excepciones a la normativa citada, éstas se estudiarán individualmente por la comisión de camadas del Club.

 

Puede enviarnos su formulario online en la siguiente dirección:

FORMULARIO AFIJO RECOMENDADO